Servicio de Etiquetado NOM-141-SSA1-SCFI-2012 en México

Definiciones

La norma comienza por definir una serie de términos clave relacionados con los productos cosméticos y el etiquetado. Esto incluye definiciones de productos cosméticos, ingredientes, fabricantes, importadores, entre otros. Estas definiciones son fundamentales para garantizar la comprensión y aplicación de la normativa.

Responsabilidades del Fabricante, Importador y Comercializador

La norma establece las responsabilidades de los fabricantes, importadores y comercializadores de productos cosméticos en México. Los fabricantes son responsables de garantizar que los productos cumplan con las regulaciones y que sean seguros para su uso previsto. Los importadores deben asegurarse de que los productos importados cumplan con las normas mexicanas. Los comercializadores deben etiquetar adecuadamente los productos y brindar información precisa a los consumidores.

Requisitos Generales de Etiquetado

La NOM-141-SSA1-SCFI-2012 establece requisitos generales para el etiquetado de productos cosméticos en México. Algunos de los aspectos más destacados incluyen:

Nombre del producto

Debe incluirse el nombre del producto cosmético. Este nombre debe ser claro y preciso para identificar el producto.

Nombre o razón social y dirección del fabricante o importador

La etiqueta debe incluir el nombre o razón social de la empresa que fabrica o importa el producto, así como su dirección física o electrónica para contacto.

Número de lote

Debe especificarse un número de lote o número de identificación del lote que permita la trazabilidad del producto en caso de problemas de calidad o seguridad.

Contenido neto

Indicación del peso o volumen neto del producto en unidades métricas (gramos, mililitros, etc.).

Lista de ingredientes

Deben enlistarse todos los ingredientes contenidos en el producto, en orden descendente de concentración. Los ingredientes deben ser identificados por su nombre común o denominación INCI (International Nomenclature of Cosmetic Ingredients).

Número de registro sanitario

Debe incluirse el número de registro sanitario otorgado por la COFEPRIS (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios). Este número garantiza que el producto ha sido evaluado y cumple con los requisitos de seguridad.

Fecha de caducidad o fecha de duración mínima

Debe indicarse la fecha de caducidad o, en su defecto, la fecha de duración mínima del producto, expresada en formato de día/mes/año o mes/año.

Instrucciones de uso

Se deben proporcionar instrucciones claras y precisas sobre cómo usar el producto cosmético de manera segura y efectiva.

Precauciones

Deben incluirse advertencias o precauciones relevantes, como “Mantener fuera del alcance de los niños” o “Evitar el contacto con los ojos”.

Identificación del distribuidor

Si el producto es distribuido por una entidad diferente al fabricante, se debe proporcionar el nombre o razón social y dirección del distribuidor.

País de origen

Debe indicarse el país de origen del producto si es importado.

Símbolo PAO (Period After Opening)

En caso de productos que pueden perder su eficacia o seguridad después de abrirse, se debe incluir el símbolo PAO junto con un número que indica la cantidad de meses durante los cuales el producto puede utilizarse de manera segura después de abrirlo.

Símbolos de precaución y conservación

Deben utilizarse símbolos reconocidos para indicar precauciones y condiciones de conservación, como “Mantener en lugar fresco y seco” o “No exponer al sol”.

Declaraciones específicas

Para ciertos tipos de productos, como productos solares, productos para niños o productos que contienen ingredientes activos específicos, pueden requerirse declaraciones adicionales de acuerdo con la regulación vigente.

Etiquetado Específico para Algunos Ingredientes

La norma también aborda el etiquetado específico para ingredientes que pueden representar un riesgo para la salud, como aquellos que son alergénicos o tóxicos. Estos ingredientes deben ser claramente identificados en el etiquetado.

Advertencias y Restricciones

La NOM-141-SSA1-SCFI-2012 exige que los productos cosméticos que contienen ingredientes que pueden ser perjudiciales para la salud deben llevar advertencias y restricciones específicas en su etiquetado. Esto incluye advertencias sobre el uso en ciertas áreas del cuerpo o en ciertas condiciones de salud.

Etiquetado en Idioma Español

La normativa establece que el etiquetado de productos cosméticos debe estar en español, lo que facilita la comprensión por parte de los consumidores mexicanos.

Etiquetado de Productos Hechos a Pedido

La norma también aborda el etiquetado de productos cosméticos hechos a pedido. Estos productos deben cumplir con los requisitos de etiquetado, y el fabricante debe proporcionar la información necesaria al consumidor.

Evaluación de la Conformidad

La norma establece que los productos cosméticos deben ser evaluados para garantizar su conformidad con los requisitos de etiquetado antes de ser puestos en el mercado.

Etiquetado de Muestras y Promociones

La norma también incluye pautas para el etiquetado de muestras y productos promocionales de cosméticos. Estos deben incluir información esencial, aunque algunas disposiciones específicas son más flexibles para estos productos.

Vigilancia y Sanciones

La NOM-141-SSA1-SCFI-2012 establece disposiciones relacionadas con la vigilancia y las sanciones para aquellos que no cumplan con los requisitos de etiquetado. Esto incluye acciones como el retiro del producto del mercado y posibles sanciones legales.

Trámites e Informes